Cuidado personal, régimen de comunicación y
eficacia de la sentencia
Presentado por
Silvia Lampugnani
UADER-UNRl
silmon2009@live.com.ar
En el marco del V Simposio de Infancias e Institución(es) realizado en Paraná 19, 20 y 21 de noviembre 2015, organizado por la Red INFEIES y la Facultad de Humanidades, Artes y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma de Entre Ríos., Silvana Ballarin Doctora en Ciencias Jurídicas (UNLP), Profesora de grado y postgrado de la Facultad de Derecho, UNMDP, UCA (La Plata) y FASTA (Mar del Plata y Tandil). Investigadora Categorizada (CONEAU). Directora del grupo de Investigación “Familia, Tiempo y Derecho”. Facultad de Derecho (UNMDP), conformó junto con Mercedes MInnicelli y Susana La Rocca el panel “Tratamiento multidimensional de los problemas de la niñez y adolescencia contemporánea”
En el trabajo titulado “Cuidado personal, régimen de comunicación y eficacia de la sentencia” presenta una lectura de los cambios que el nuevo Código Civil y Comercial plantea y la apertura a herramientas creativas que estas innovaciones habilitan.
Plantea que la importancia de modificaciones no sólo de lenguaje sino de contenido como la concepción de responsabilidad parental compartida requiere cambios en la sentencia de Familia, en la que su efectividad estará en relación a la razonabilidad y a la pacificación de conflictos. Como herramientas creativas, surgidas de la necesidad de trabajar con otros para abordar problemas complejos, Silvana Ballarin propone, recalcando la necesidad de formación de posgrado en cuestiones de Infancia, los puntos de Encuentro Familiar y el Coordinador de Parentalidad. El Punto de encuentro Familiar, que en Mar del Plata se inicia desde La Facultad de Psicología, coordinado por Mercedes Minnicelli, es una propuesta de un lugar neutral, temporario con el fin de proveer condiciones para el encuentro de niños y niñas con progenitores no convivientes, en situaciones en las que esto no se produce por conflictos familiares graves. El punto de encuentro puede tener diferentes modalidades y necesariamente debe estar coordinado por personal idóneo. La necesidad de proveer de estas condiciones a niños y niñas en camino de adopción u otras figuras de tutela, para acompañar estos procesos, dio origen a una experiencia diferente como Punto de Encuentro.
Respecto del Coordinador de parentalidad, es una figura que propicia la gestión de dificultades y conflictos para implementar el plan de parentalidad. Promoverá condiciones para la comunicación entre los progenitores y apelará a programas específicos en el caso de que la intervención lo requiera. No está encargado de realizar pericias ni terapias, sino de articular a los distintos profesionales que intervienen, sobre todo respecto a las familias multiasistidas. |